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lunes, 13 de febrero de 2017

SEMAR toma control de todas las Capitanías de Puerto en el país

Viable ampararse para evitar que la Armada controle puertos
Soberón lo anuncia hoy lunes 13 de febrero desde Tampico
Ciudad de México, 13 de febrero del 2017.- En el emblemático puerto de Tampico que en 1985 la Lloyd's de Londres lo calificara mediante certificado como uno de los puertos más eficientes y seguros del mundo bajo la administración del Gremio Unido de Alijadores, cooperativa ya desaparecida, será sede para que el almirante secretario de Marina, Vidal Francisco Soberón Sanz, dé a conocer a nivel nacional el proceso de Transferencia de Capitanías de Puerto (SCT), de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a la Secretaría de Marina Armada de México (SEMAR).

El trascendental anuncio se hará en las instalaciones del se Administración Portuaria Integral de Tampico, despues de que el Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular el "Decreto por el que se modifican, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Navegación y Comercio Marítimo y la Ley de Puertos", enviada por el Ejecutivo Federal y antes de que se legisle en Cámara de Diputados la Ley de Seguridad Interior que regula la participación de las fuerzas armada en el combate a la delincuencia en el país.

Pese a que varios sectores involucrados en la actividad marítima portuaria del país manifestaron su oposición, varios medios de información citan a expertos que han considerado que el cambio tocará muchos intereses, como los de la mafia que maneja la piratería, así como el crimen organizado que se encarga del trasiego de armas y drogas ilegales.

Entre los beneficios palpables y de corto plazo, aseguran los legisladores, se mejoraría la seguridad nacional al cerrarle las fronteras al crimen organizado y al terrorismo. Además de que la infraestructura y experiencia de la Secretaría de Marina se pondrían a disposición de las Capitanías de Puerto.

Por su parte, el presidente de la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional, el diputado del PRD Waldo Fernández González, respaldó la iniciativa ya que reconoció que los puertos del país se han convertido tanto en “vías de acceso como de salida” para la transferencia de mercancías del crimen organizado desde armas, drogas y hasta piratería. Agregó el legislador por Nuevo León que debe revisarse a fondo para que se asigne mayor presupuesto a la Secretaría de Marina, “porque de nada te sirve tener el control de los puertos si existe falta de capacidad”.

En el marco de la botadura de la Patrulla Costera ARM 339 "Bonampak" en Astilleros de Marina N° 1 en Tampico, el secretario de Marina afirmó que “la integración de las Capitanías de Puerto a la Secretaría de Marina para conformar una sola autoridad marítima traerá grandes beneficios a las y los mexicanos y de manera especial al sector marítimo nacional, beneficios que veremos reflejados al contar con un sistema de seguridad portuaria que nos permita estar a la altura de los puertos más desarrollados del mundo”.

¿Seguridad interior o espionaje militar?.
Al tiempo del anuncio del coordinador de los diputados del Partido de la Revolución Democrática Francisco Martínez Neri de que no votaría a favor el proyecto de Ley de Seguridad Interna, varias organizaciones de sociedad civil como de la academia, han señalado que una Ley de Seguridad Interior busca normalizar la labor de las Fuerzas Armadas en la seguridad pública en contra de las recomendaciones internacionales y a pesar de los graves indicios de violaciones de derechos humanos cometidas por estas en los últimos años.

A esto hay que añadir un factor de grave preocupación y es que las iniciativas pretenden ampliar, todavía más, las formas en las que podemos ser sujetos de espionaje en nuestro país, se lee en la información publicada en "Animal Político el pasado 8 de febrero del presente año.

La iniciativa de Ley de Seguridad Interior presentada por diputados del PRI otorgaría al Ejército, la Marina y la Fuerza Aérea, y a cualquier fuerza de seguridad pública federal, la posibilidad realizar labores de vigilancia por “cualquier método de recolección de información”.

Artículo 28.- Las Fuerzas Federales y las Fuerzas Armadas desarrollarán actividades de inteligencia en materia de Seguridad Interior en los ámbitos de sus respectivas competencias, considerando los aspectos estratégico y operacional, la cual tendrá como propósito brindar apoyo en la toma de decisiones en materia de Seguridad Interior.

Al realizar tareas de inteligencia, las autoridades facultadas por esta Ley podrán hacer uso de cualquier método de recolección de información.

De aprobarse la Ley de Seguridad Interior, se agrega en la nota, en estos términos amplios, se facultaría a las Fuerzas Armadas y a cualquier fuerza de seguridad pública federal la posibilidad de intervenir comunicaciones y recolectar información privada de cualquier persona a través de cualquier método sin distinción y sin que se establezca ningún control judicial o cualquier otro mecanismo de rendición de cuentas.

Se ha pretendido justificar la normalización de la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad, argumentando la debilidad de las fuerzas civiles de policía, sin embargo, la iniciativa no justifica la razón por la cual resultaría necesario que las Fuerzas Armadas lleven a cabo medidas de vigilancia que le corresponden a autoridades civiles.

Por su parte, la iniciativa presentada por el senador del PAN, Roberto Gil Zuarth, si bien acota las facultades de vigilancia al Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN) y contempla algunos controles, como la necesidad de autorización judicial, también establece obligaciones vagas y amplias a empresas de telecomunicaciones e Internet que pueden comprometer el derecho a la privacidad.

Artículo 48. Los concesionarios, permisionarios, operadores y comercializadores de servicios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados y proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos están obligados a colaborar eficientemente con la autoridad competente para el desahogo de las medidas de intervención de comunicaciones privadas, de localización geográfica en tiempo real o de entrega de datos conservados de equipos de comunicación móvil, de conformidad con las disposiciones aplicables. Asimismo, deberán contar con la capacidad técnica indispensable que atienda las exigencias requeridas por la autoridad judicial para operar las medidas señaladas.

Al requerir que empresas de telecomunicaciones, e incluso, proveedores de aplicaciones y contenidos en Internet deban contar con la capacidades técnicas que se exijan para facilitar las medidas de vigilancia, sin que se establezcan límites a estos requerimientos, se abre la puerta a medidas que pueden comprometer gravemente la integridad y privacidad de sistemas de comunicación de manera generalizada, y con ello, la seguridad de sus usuarios.

Por ejemplo, no resulta claro si bajo este artículo podría exigirse a una empresa la generación o recolección de información de los usuarios innecesaria para la prestación del servicio, si pudiera exigirse a un proveedor de un servicio a establecer una vulnerabilidad, entregar llaves de cifrado o establecer algún otro tipo de puerta trasera para facilitar la vigilancia. Este tipo de medidas son incompatibles con el derecho a la privacidad, en tanto comprometen la seguridad y privacidad de todos los usuarios de determinado producto o servicio.

En este sentido, es indispensable que en caso de expedirse una Ley de Seguridad Interior, se elimine cualquier posibilidad de que las Fuerzas Armadas lleven a cabo medidas de vigilancia para la atención de amenazas a la seguridad interior. Además, cualquier medida de vigilancia que lleve a cabo alguna autoridad civil debe estar regulada de conformidad con estándares de derechos humanos como la autorización judicial que evalúe su necesidad y proporcionalidad, así como contar con mecanismos de rendición de cuentas como la transparencia, la supervisión independiente y el derecho de notificación.

Aclara el portal Animal Político que la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) es organización mexicana dedicada a la defensa de los derechos humanos en el entorno digital, que utiliza diversas herramientas legales y de comunicación para hacer investigación de políticas, litigio estratégico, incidencia pública y campañas con el objetivo de promover los derechos digitales en México. En particular, la libertad de expresión, la privacidad, el acceso al conocimiento y la cultura libre. Se reproduce con permiso de la Red.

Finalmente, para la Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte (ITF) todavía existe la posibilidad de recurrir al amparo para detener la “militarización” de los puertos de México, sin embargo no confía que esos amparos vayan a resolverse conforme a Derecho, dijo Antonio Rodríguez Fritz, secretario regional de ITF para América Latina y el Caribe, en declaraciones al Diario de Xalapa el pasado 16 de enero del presente año.

Agregó que en el caso de la Ley aprobada por el Senado de México para que la Armada de México asuma el control de las Capitanías de Puerto, todavía cabe la posibilidad de recurrir al amparo.
“Promover los amparos no sería el problema, la cuestión sería analizar si los jueces van a resolver esos amparos conforme a Derecho”, expresó Rodríguez Fritz, quien reiteró que es gravísimo utilizar militares para una cuestión civil de comercio marítimo internacional
.

Sostuvo que ningún país democrático del mundo aprueba leyes que vayan en retroceso de los derechos de sus ciudadanos, “Instaurar un régimen militar en las Capitanías de Puerto es algo extremadamente grave, además eso generará –cuellos de botella- en el movimiento de las mercancías”, concluyó el líder de la ITF.


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